2.2.6. Principios Wolfsberg
El Grupo Wolfsberg es una asociación que comprende 12
bancos reunidos con el propósito de desarrollar estándares para la lucha contra
el financiamiento del terrorismo y el lavado de dinero en instituciones
financieras.
Este Grupo fue formado en Suiza en el año 2000, bajo la
asesoría de representantes de Transparencia Internacional, como Stanley Morris
y el Profesor Mark Pieth de la Universidad de Basilea.
Ese mismo año se publicaron los Principios Wolfsberg contra
el Lavado de Dinero, y posteriormente la edición revisada del mismo documento
en el 2002.
Desde entonces, el Grupo Wolfsberg ha publicado una serie
de documentos cuyo propósito es ayudar a las instituciones financieras en la
lucha contra el lavado de dinero, la corrupción y el financiamiento del
terrorismo. Las publicaciones incluyen:
-
Declaración
Wolfsberg
-
Contra el Financiamiento del Terrorismo
Declaración Wolfsberg sobre el Monitoreo,
-
Selección
e Investigación Declaración de Wolfsberg sobre Análisis de Operaciones
-
Principios
de Wolfsberg para la Prevención del Blanqueo de Dinero en Banca de
Corresponsales
-
Directrices Globales sobre
Prevención de Blanqueo de Capitales para Banca Privada
Miembros: Consta de 13 bancos asociados: Bank of America, Banco Santander Central Hispano, Banco de Tokio Mitsubishi, UFJ, Barclays –
CITIGROUP, Credit Suisse, Deutsche Bank, Goldman Sachs, HSBC, JP, Morgan Chase,
Société Générale, Standard Chartered Bank y UBS.
-
A continuación, (Fuente: InfoLAFT) se presenta
un recuento detallado de las recomendaciones
Aceptación y
conocimiento del cliente
Este punto contiene
parámetros que deben seguir las entidades de la banca privada, relacionados con
la aceptación del cliente. Tales lineamientos se enfocan en aspectos
importantes como:
·
Identificación y verificación de los clientes.
·
Beneficiarios y propiedad efectiva.
·
Tipos de intermediarios.
·
Poderes y firmantes autorizados.
·
Clientes presenciales y electrónicos.
·
Debida diligencia.
·
Cuentas numeradas o alternas.
·
Cuentas de concentración.
·
Supervisión de la responsabilidad.
Cabe mencionar que el
buen manejo del tema referente a la aceptación de los clientes es esencial
para prevenir LAFT en las entidades de la banca privada. Los principios
actualizados determinan parámetros claves esenciales para promover
acciones seguras en el momento de incorporar personas a la entidad, bien sean
naturales o jurídicas.
Los aspectos en los
cuales se hace mayor énfasis son la debida diligencia y los
beneficiarios y propiedad efectiva; de hecho, en el documento se encuentra
un anexo dedicado exclusivamente a estas temáticas. Frente a este respecto, es
importante señalar que se determina que, utilizando un enfoque basado en el
riesgo, el banco deberá asegurarse de recolectar y registrar una cantidad
suficiente de información pertinente cuando establece una relación de negocios
con un cliente.
Así mismo, se menciona
que el banco también deberá actualizar el perfil del cliente con
información adicional a medida que se desarrolla la relación cliente-entidad.
Tal información deberá permitir que un revisor independiente (bien sea interno
o externo del banco) entienda fácilmente al cliente y su relación con la entidad.
Por otra parte, con
respecto a la fuente de ingresos, el documento dicta que, con el fin de evaluar
la naturaleza del origen de los fondos de un cliente, el banco deberá
reunir información pertinente a la manera en que éste obtuvo su
capital. La información recogida por el banco será diferente dependiendo de si
los ingresos se adquieren a través de un negocio propio, un trabajo o
profesión, una herencia, inversiones o de otra manera.
También se tendrá en
cuenta el patrimonio neto y la fuente de financiamiento inicial de la
cuenta, y adicionalmente la información de la cuenta será la siguiente:
·
Propósito de la cuenta.
·
Tamaño de la cuenta prevista.
·
Actividad de la cuenta prevista.
Así mismo, se preguntará
la ocupación, la naturaleza del negocio del cliente o (beneficiario), el
rol o relación de los poderes o terceras partes autorizadas y otra información
pertinente como fuente de referencias.
Ahora bien, con respecto
a las situaciones que requieren mayor debida diligencia o aspectos más
específicos, es importante resaltar que los principios establecen que el
banco es quien especifica las categorías de clientes que no aceptará o que
mantendrá, y que, de igual forma, establecerá quiénes y bajo qué
circunstancias deberán realizar mayor debida diligencia.
Lo anterior se
determinará a partir de indicadores de categorías de personas, a saber:
·
Personas que residan y/o tengan fondos provenientes
de países identificados, por fuentes confiables de crédito, como estados
con insuficiencia de normas en contra de LA y que representan así alto riesgo
de delincuencia y corrupción.
·
Personas que participen en actividades económicas, negocios o
sectores que sean proclives al lavado de dinero.
·
"Personas Políticamente Expuestas ", con frecuencia
abreviado como "PEPs", en
referencia a los titulares que según el caso hayan ocupado cargos públicos
de alto rango, o cargos destacados, importantes o con una autoridad sustancial
sobre políticas, sobre el uso o la asignación de recursos de propiedad del
gobierno. Dentro de estos se pueden incluir funcionarios del gobierno, altos
ejecutivos de empresas del gobierno, políticos de alto nivel, funcionarios
importantes de partidos políticos, así como sus familiares cercanos y
allegados, entre otros.
Aquellos clientes que se
considere que no garantizan la mayor debida diligencia pueden ser
sometidos a un mayor control como resultado de (i) el seguimiento de sus actividades, (ii) las solicitudes externas de información, (iii) la
información negativa (por ejemplo,
informes de prensa negativos) o (iv) otros factores que puedan exponer la reputación del banco.
Por otra parte, los
principios también hacen mención de la aprobación de los altos directivos
del banco con respecto a la aceptación de clientes como PEPs y al manejo de dinero en efectivo.
También es necesario
que las entidades de la banca privada revisen los principios de
Wolfsberg que hacen referencia a la actualización de los archivos de los
clientes, a las prácticas de identificación de operaciones inusuales
sospechosas, al monitoreo de transacciones, y a los controles y
reportes que deben realizarse en caso se inconsistencias.
Un aspecto importante de
los principios es que contienen una sección dedicada a la educación,
entrenamiento e información, la cual determina que el banco debe establecer un
programa de entrenamiento relativo a la identificación y prevención del
lavado de dinero para los empleados que tienen contacto con el cliente y
para el personal de cumplimiento. También, que un entrenamiento regular
(específicamente anual) deberá ser incluido para identificar y dar seguimiento
a las operaciones inusuales sospechosas. Finalmente, los empleados de las
entidades de la banca privada deberán ser informados acerca de los
cambios que se hagan en la reglamentación y normatividad relativa a LAFT.
La existencia de estándares
internacionales en materia de LAFT constituye uno de los principales mecanismos
de prevención y lucha contra este tipo de delitos. En lo que respecta a las
entidades de la banca privada, es esencial que establezcan controles firmes
en cuanto a factores de riesgo, tales como los clientes, y que tengan un pleno
entendimiento acerca de lo que implica no establecer medidas rigurosas de
seguridad para la aceptación de personas con las que se establecen negocios o
no aplicar la debida diligencia.
Los Principios de
Wolfsberg son una guía importante para establecer medidas preventivas
que permiten disminuir el riesgo de LAFT en entidades de la banca privada. Es
pertinente que las instituciones financieras de esta naturaleza entiendan la importancia de ceñirse a estándares
internacionales, pues éstos constituyen uno de los mecanismos más
efectivos para hacer que la prevención de delitos como LAFT se realice de
manera generalizada, global y estandarizada.

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