ENTRADA 15 RECLAMACIÓN DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES
2.1.6.
El servicio de reclamaciones de la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones
Si
entramos en la web de la Dirección General de Seguros, vemos que el contenido
es muy similar al anterior, indicando pasos a seguir y redireccionando al
usuario.
Es como se muestra a continuación:
Protección al Asegurado y al partícipe - Servicio de Reclamaciones
Legislación
La Orden ECC/2502/2012, de 16 de
noviembre, por
la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los
servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del
Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones,
regula el procedimiento de presentación de consultas, quejas y reclamaciones
ante los servicios de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos
de Pensiones, Banco de España y Comisión Nacional del Mercado de Valores. Su
objetivo es mejorar la eficacia del funcionamiento de los servicios de
reclamaciones y, con ellos, fomentar la aplicación efectiva de la normativa de
protección del usuario de servicios financieros y las buenas prácticas en el
sector financiero, al tiempo que se aumenta el nivel de seguridad jurídica en
las relaciones entre entidades y clientes.
Información sobre el
procedimiento
El
Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones atiende las consultas, quejas y reclamaciones que presenten los
ciudadanos a través del procedimiento recogido en la Orden ECC/2502/2012, de 16
de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de
reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la
Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y
Fondos de Pensiones. Este procedimiento es escrito y las consultas, quejas y
reclamaciones se pueden presentar de dos formas:
§ En soporte papel,
dirigiendo el escrito al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de
Seguros y Fondos de Pensiones, situado en el Paseo de la Castellana nº 44,
28046 Madrid.
§ Por vía telemática con
firma electrónica, a través de la página web de la Dirección
General de Seguros y Fondos de Pensiones
§ Asimismo, para
realizar consultas se pone a disposición de los ciudadanos el teléfono 902 19
11 11, con el siguiente horario: de lunes a viernes laborables de 9:30 a 14:30h
Esta guía también puede ser
descargada en la página de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones.

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