ENTRADA 15 RECLAMAR SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES

ENTRADA 15 RECLAMACIÓN DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES


2.1.6.        El servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Si entramos en la web de la Dirección General de Seguros, vemos que el contenido es muy similar al anterior, indicando pasos a seguir y redireccionando al usuario.

Es como se muestra a continuación:

Protección al Asegurado y al partícipe - Servicio de Reclamaciones

Legislación
La Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, regula el procedimiento de presentación de consultas, quejas y reclamaciones ante los servicios de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Banco de España y Comisión Nacional del Mercado de Valores. Su objetivo es mejorar la eficacia del funcionamiento de los servicios de reclamaciones y, con ellos, fomentar la aplicación efectiva de la normativa de protección del usuario de servicios financieros y las buenas prácticas en el sector financiero, al tiempo que se aumenta el nivel de seguridad jurídica en las relaciones entre entidades y clientes.
Información sobre el procedimiento
El Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones atiende las consultas, quejas y reclamaciones que presenten los ciudadanos a través del procedimiento recogido en la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Este procedimiento es escrito y las consultas, quejas y reclamaciones se pueden presentar de dos formas:
§ En soporte papel, dirigiendo el escrito al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, situado en el Paseo de la Castellana nº 44, 28046 Madrid.
§ Por vía telemática con firma electrónica, a través de la página web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
§ Asimismo, para realizar consultas se pone a disposición de los ciudadanos el teléfono 902 19 11 11, con el siguiente horario: de lunes a viernes laborables de 9:30 a 14:30h

Esta guía también puede ser descargada en la página de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

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