ENTRADA 11 TEMA 2 ÉTICA Y CÓDIGOS DE CONDUCTA


ENTRADA 11 TEMA 2 
ÉTICA Y CÓDIGOS DE CONDUCTA

En la década de 1980, bajo el influjo de la escuela conductista, se populariza el uso de códigos de ética o códigos de conducta que se mantienen hasta nuestros días. En 1982 W. Ouchi observó que el éxito de las empresas japonesas descansaba en su cultura y clima organizacional. Se establecieron códigos de conductas que regulan o delimitan relaciones de: la empresa con sus clientes, la empresa con sus empleados y viceversa, los empleados con los clientes, los empleados entre sí, la empresa con el Estado, los empleados con el marco legal.
Se fijaron en normas generales como: el conflicto de intereses, la información privilegiada y el cumplimiento de las leyes. El NASD Code of Conduct, fue el código de conducta más amplio, detallado y estructurado. Partió del precepto:
“Cuándo lo dudo, no lo hago”.
Nota: NASD es Asociación Nacional de Operadores de Bolsa de USA.
Los códigos de ética o conducta son un intento de generar una moral positiva y explícita, para garantizar transparencia y calidad en las relaciones de negocio tanto de las empresas como de los profesionales. Esto ha traído consigo una gran cantidad de normativa a nivel internacional.
2.1. Protección del inversor

Las oficinas de protección al consumidor están repletas de quejas de consumidores de productos por falta de ética:

-  Negociar productos de ahorro-inversión en las que no aparece de forma exacta la rentabilidad, liquidez, riesgo o alguna característica. Sea por omisión o por información incomprensible.
-       Planes de pensiones con agresivas campañas de marketing ofreciendo regalos para distraer de las comisiones que cobra el fondo.
-    Cobro de comisiones por descubierto con penalizaciones abusivas, tratándose de malas prácticas bancarias.
-     Cobro de comisiones de mantenimiento en cuentas abiertas por imposición de la entidad cuando este abono no le corresponde al cliente.
-    Duplicidad en el cobro de comisiones bancarias o gastos por servicios no aceptados ni solicitados en firme. Poniendo nombre similar para que se piense que se trata de otro.
-     Préstamos con un interés muy alto por poner un alto diferencial, haciendo insoportables algunas hipotecas.
-      Imposición de productos vinculados que no debían ser obligatorios, como aportaciones a planes de pensiones o fondos de inversión. Solo es obligatorio el seguro de daños (incendios) sobre la vivienda.
-      Cláusulas abusivas en hipotecas como la cláusula suelo, marcando un interés por debajo del cual no bajará el tipo variable.
-   Créditos rápidos (llamados fáciles), que cobran altos intereses y aplican intereses de demora.
-     Cláusulas que hacen pagar elevadas cantidades en caso de pérdida de una tarjeta por tardar en comunicarlo con más de 24h.
-         Pagos por internet con su tarjeta.
-       Los seguros multiriesgo del hogar con cláusulas ambiguas que no se sabe lo que cubre y ayuda a la compañía a no cumplir sus compromisos.
-    Seguros de salud con subida de primas por cumplir una determinada edad o por haber tenido un siniestro.
Podríamos continuar con un listado enorme de quejas y reclamaciones de los usuarios de Cajas, Bancos y Seguros, pero este no es el objetivo. Lo que se quiere mostrar es que este tipo de acontecimientos, hace que las autoridades tengan que proteger al consumidor, creando leyes y organismos con competencia para regular los abusos.
Es necesario que los usuarios de productos financieros, como los consumidores de otros tipos de bienes o servicios, tengamos garantías de protección. Aunque ofrezcamos bienes o servicios, todos somos consumidores de otros bienes o servicios. A todos nos gusta sentir protección.

2.1.1.        La protección genérica del consumidor comunitario.
La Comisión Europea creó el Centro Europeo del Consumidor, para la defensa y protección del consumidor en la Unión Europea.
Este centro ofrece información y asistencia al consumidor de cualquier país de la Unión Europea que lo necesite, al adquirir un bien o utilizar un servicio de un país diferente al propio.
La Comisión Europea cuenta con dos representaciones en España: Madrid y Barcelona.
Tiene diversas funciones:
-          Explicar cómo pueden afectar las políticas de la UE a los ciudadanos.
-          Ser fuente de información al Gobierno y administraciones.
-          Ofrecer servicios de prensa sobre novedades en la UE.
-          Ser la voz de la Comisión Europea en España.
-          Informar a Bruselas.
-       Tiene un centro de documentación a disposición de los ciudadanos con: teléfono gratuito Europe Direct 00 800 67891011 (dentro de la Unión), red de centros de información, atención al público en el 91 423 8000 o en el email: comm-rep-es-docu@ec.europa.eu.
-    Sala disponible para asociaciones que elaboren reuniones o conferencias con temática relacionada con la Unión Europea.
-       Legalización de certificados de EUIPO. Registro de marcas, modelos, etc.

2.1.2.       La protección del consumidor español

La Unión Europea distingue entre los derechos del consumir por distintos contenidos, dedicando un apartado a “productos y servicios financieros”.
Donde estés en la UE, la legislación europea determina tus derechos básicos cuando abres una cuenta en un banco, haces una transferencia, pides un crédito o suscribes un seguro.
No obstante, la desgraciada abundancia de incumplimientos o abusos a clientes hace que proliferen las asociaciones de ayuda al consumidor como OCU o como ADICAE (de la que se ha oído hablar mucho en los últimos años por la lucha por AFINSA, FORUM, las Preferentes, Cláusula suelo, etc.), y otras como ESMA, EBA, EIOPA (organismos europeos) o como FSUG, Eurofinuse o PSMEG, entre otras.
En 2012, el Consejo Europeo acordó crear tres instituciones:
-       MUS Mecanismo Único de Supervisión: por el que los bancos europeos sistémicos están sometidos a supervisión común.
-       MUR Mecanismo Único de Resolución: por el que se establece un procedimiento para liquidar una entidad, llegado el caso.
-        Y un Fondo de Garantías de Deposito común.

No obstante, se deja a un lado a las asociaciones de consumidores en este entramado europeo, limitándose a poner en circulación el Libro Verde Sobre Mercado Financiero Minorista, para conocer la opinión de agentes implicados (asociaciones de defensa del consumidor).

En 2013, se fusionaron todos los organismos reguladores y de defensa de la competencia y se creó la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC), que de un lado es independiente, pero dependiente del Gobierno en su composición y adscrita al Ministerio de Economía.

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