ENTRADA 36 SANCIONES DE LA LOPD

ENTRADA 36 SANCIONES DE LA LOPD


Infracciones y sanciones, se han de tener en cuenta si se trabaja con datos personales de clientes y más aún con listados de clientes:

La cuantía de las sanciones que impone la LOPD se gradúa atendiendo a la naturaleza de los derechos personales afectados, al volumen de los tratamientos efectuados, a los beneficios obtenidos, al grado de intencionalidad, a la reincidencia, a los daños y perjuicios causados a las personas interesadas y a cualquier otra circunstancia que sea relevante para determinar el grado de culpabilidad.

Son infracciones leves: Sanciones entre 601,01 € y 60.101,21 €
·             No solicitar la inscripción del fichero en la Agencia Española de Protección de Datos (AEDP)
·             Recopilar datos personales sin informar previamente
·             No atender a las solicitudes de rectificación o cancelación
·             No atender las consultas por parte de la AGPD.
Son infracciones graves: Sanciones entre 60.101,21 € y 300.506,25 €
·             No inscribir los ficheros en la AGPD.
·             Utilizar los ficheros con distinta finalidad con la se crearon.
·             No tener el consentimiento del interesado para recabar sus datos personales
·             No permitir el acceso a los ficheros.
·             Mantener datos indexactos o no efectuar las modificaciones solicitadas
·             No seguir los principios y garantías de la LOPD
·             Tratar datos especialmente protegidos sin la autorización del afectado
·             No remitir a la AGPD las notificaciones previstas en la LOPD.
·             Mantener los ficheros sin las debidas condiciones de seguridad.
Son infracciones muy graves: Sanciones entre 300.506,25 € y 601.012,1 €
·             Crear ficheros para almacenar datos que revelen datos especialmente protegidos.
·             Recogida de datos de manera engañosa o fraudulenta.
·             Recabar datos especialmente protegidos sin la autorización del afectado.
·             No atender u obstaculizar de forma sistemática las solicitudes de cancelación o rectificación.
·             Vulnerar el secreto sobre datos especialmente protegidos.
·             La comunicación o cesión de datos cuando ésta no esté permitida.
·             No cesar en el uso ilegítimo a petición de la AGPD.
·             Tratar los datos de forma ilegítima o con menosprecio de principios y garantías que le sean de aplicación.
·             No atender de forma sistemática los requerimientos de la AGPD.
·             La transferencia temporal o definitiva de datos de carácter personal con destino a países sin nivel de protección     equiparable o sin autorización.

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