ENTRADA 79 SISTEMA FINANCIERO ESPAÑOL Y EUROPEO

ENTRADA 79 SISTEMA FINANCIERO ESPAÑOL Y EUROPEO


 Sistema financiero español y europeo. El Banco Central Europeo.


Según Tamames y Gallego: “Sistema financiero es: conjunto de instituciones que actúan como intermediarias, captando recursos de los ahorradores y encauzándolos hacia la financiación. Se sitúan dentro de un marco institucional que viene dado por la CNMV, como sucede con el mercado bursátil, las sociedades y agencias de valores y las sociedades de fondos de inversión. Por su parte, la Dirección General de Seguros, que supervisa las sociedades aseguradoras. En cuanto al Banco Central de España, tiene bajo su inspección las sociedades mediadoras del mercado de dinero, banca privada, cajas de ahorro, crédito cooperativo, entidades financieras, sociedades de garantía recíproca, de crédito hipotecario, de factoring, de leasing, etc. y la Banca Pública.”

Concepto, funciones y estructura

El sistema financiero español está formado por el conjunto de instituciones, medios y mercados, cuyo fin primordial es canalizar el ahorro que generan los prestamistas o unidades de gasto con superávit, hacia los prestatarios o unidades de gasto con déficit, así como facilitar y otorgar seguridad al movimiento de dinero y al sistema de pagos (labor de intermediación). El sistema financiero comprende, tanto los instrumentos o activos financieros, como las instituciones o intermediarios y los mercados financieros: los intermediarios compran y venden los activos en los mercados financieros. (fuente: Wikipedia).
El Banco Central Europeo (BCE) es el Banco central de los países de la Unión Europea que tienen el euro como moneda. Forma, junto con los bancos centrales de los demás estados de la UE ajenos a la eurozona, el Sistema Europeo de Bancos Centrales. El BCE fue establecido por el Tratado de Ámsterdam en el año 1998, tiene su sede en Fráncfort del Meno (Alemania) y está presidido por Mario Draghi desde 2011 (previsto que continúe hasta 2019).
El objetivo del Banco Central Europeo es la estabilidad de precios en la zona euro, definida por el Consejo de Gobierno como una inflación (Índice de Precios al Consumo Armonizado) cercana, pero inferior, al 2%. A diferencia de otros organismos como, por ejemplo, la Reserva Federal de los Estados Unidos, el BCE no tiene objetivos tales como el crecimiento económico o el pleno empleo.
Las principales tareas del Banco Central Europeo son definir y ejecutar la política monetaria de la zona euro, dirigir las operaciones de cambio de divisas, cuidar de las reservas internacionales del Sistema Europeo de Bancos Centrales y promover el buen funcionamiento de la infraestructura del mercado financiero. Además, tiene el derecho exclusivo de autorizar la emisión de billetes de euro. Los estados miembros pueden emitir monedas de euro, pero la cantidad debe ser autorizada de antemano por el BCE.
El Banco Central Europeo también debe cooperar en la Unión Europea y a nivel internacional con organismos y entidades de terceras partes. Por último, contribuye a mantener un sistema financiero estable y a la vigilancia del sector bancario. Esto se pudo observar, por ejemplo, en la intervención del BCE durante la crisis crediticia de 2007, en la que se prestó millones de euros a los bancos para estabilizar el sistema financiero.
Aunque el Banco Central Europeo se rige directamente por la legislación de la Unión Europea y, por tanto, no por la legislación mercantil aplicable a las empresas privadas, su puesta en marcha se asemejó a la de una sociedad anónima en el sentido de que el BCE tiene acciones y capital social. Su capital es de 10.760 millones de euros, que está en manos de los bancos centrales de los Estados miembros que actúan como accionistas, aunque inicialmente contaba con 5760 millones. La clave de la asignación de capital inicial se determinó en 1998 sobre la población de los estados y el PIB, pero esa clave es regulable y ha sido modificada en cuatro ocasiones. Las acciones del BCE no son transferibles y no pueden utilizarse como garantía.
La sede del Banco Central Europeo se encuentra en Fráncfort del Meno, el centro financiero más grande de la zona euro (aunque no de la Unión Europea), y su ubicación en esa ciudad se fijó en el Tratado de Ámsterdam junto con la de otras importantes instituciones. En concreto, el banco ocupa actualmente la conocida como Eurotower, hasta que se terminen las obras para la construcción de una sede propia. (fuente: Wikipedia)

Orígenes del Sistema Financiero Español (SFE)
El Banco de España es el organismo del Estado español que actúa de banco central nacional y, en el marco del Mecanismo Único de Supervisión (MUS), el supervisor del sistema bancario español junto al Banco Central Europeo.
Su actividad está regulada por la Ley de Autonomía del Banco de España. ​ El Banco de España es además parte integrante del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y por tanto está sometido a las disposiciones del Tratado de la Comunidad Europea y a los Estatutos del SEBC.
Desde 1891, su sede principal está situada en la Calle Alcalá, 48, junto a la plaza de Cibeles. Asimismo, cuenta con una parada de metro que toma su nombre.

 Hablemos de las últimas fechas clave en la historia del Banco:
·         1980: Ley de Órganos Rectores del Banco de España.
·         1994: Ley de Autonomía, siguiendo las directrices del Tratado de Maastricht.
Estas dos leyes han otorgado al Banco una gran libertad y flexibilidad gubernamental, sobre todo en lo referente a la política monetaria. En la actualidad el Banco de España está integrado en el Sistema Europeo de Bancos Centrales (desde 1998).
Crisis internacional de 2008:
La crisis internacional tuvo un impacto muy significativo en la economía española. La práctica desaparición de algunos de los principales mercados de capitales mayoristas desde 2007 a 2008, como el interbancario o el de titulizaciones, dificultó la normal financiación de las entidades de crédito españolas, que en aquellos momentos presentaban cuantiosas necesidades de financiación exterior.
El papel del Banco de España en la detección y tratamiento de la crisis financiera, cuya consecuencia principal ha sido una factura de dinero público superior a los 40.000 millones, ha sido objeto de controversia y acusaciones cruzadas entre los diferentes partidos políticos desde que se formó el Gobierno de Mariano Rajoy a finales de diciembre de 2011.
Existe constancia ahora de que, en fechas cruciales de la crisis, concretamente en 2008, la Supervisión del Banco de España modificó las normas contables exigibles a las instituciones financieras. Estos cambios normativos tuvieron como consecuencia aliviar y diferir el apunte en los balances bancarios del crecimiento excesivo de la morosidad causado por la crisis, sobre todo en lo que se refiere a la refinanciación de los préstamos. Dicho de otro modo, gracias a las instrucciones dadas por el Banco de España en el momento de mayor crudeza de la crisis, las entidades de crédito habrían podido disimular el efecto destructivo de la morosidad y diferir las correcciones necesarias.
La estrategia adoptada por el Banco de España para hacer frente a la crisis buscaba evitar la quiebra en cadena de un buen número de instituciones financieras. Esa estrategia perseguía, utilizando recursos privados y públicos y cambios legales e institucionales, evitar la contaminación de todo el sector bancario español, haciendo posible su posterior reestructuración, eliminando el riesgo de que se produjera una crisis de confianza, tanto en los mercados como entre los depositantes.
Primaron las soluciones privadas mediante el saneamiento del balance de las entidades con sus propios recursos, a través de operaciones corporativas, acudiendo al propio sector a través del FGD (fondo de garantía de depósitos) y, solo en última instancia, mediante la inyección de fondos públicos, incluida la ayuda europea asociada al programa de asistencia financiera firmado en 2012. No hay que olvidar que entre 2008 y 2013 las entidades de crédito españolas realizaron saneamientos por un total cercano a los 270.000 millones de euros, asumidos en su mayor parte por los accionistas de esas entidades. Hay que subrayar que los depósitos de clientes no sufrieron pérdida alguna.
El Consejo de Gobierno del Banco de España aprueba las directrices generales de actuación del Banco, en particular:
-          Las relativas a la política monetaria, cuya aplicación supervisa.
-          Las circulares del Banco de España.
-          Las propuestas de sanción que el Banco debe elevar al ministro de Economía y Hacienda, e impone aquellas que son de su competencia.
-          Los acuerdos precisos para el desempeño de las funciones encomendadas al Banco de España que no sean competencias exclusivas de la Comisión Ejecutiva.
-          El Consejo de Gobierno ratifica los nombramientos de los directores generales del Banco de España.
Composición
El Consejo de Gobierno del Banco de España está formado por:
El gobernador: Pablo Hernández de Cos.
El subgobernador: Javier Alonso.
Seis consejeros: Carmen Alonso, Rafael Castejón, Fernando Eguidazu, Núria Mas y Vicente Salas. Estos consejeros tendrán un mandato de seis años, renovables una sola vez.
El secretario general del Tesoro y Política Financiera.
La vicepresidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV): Ana María Martínez-Pina.
Asisten, con voz y sin voto, los directores generales del Banco (Juan Ayuso, Julio Durán, Concepción Jiménez, Manuel Labrado y Jesús Saurina) y Mariano Serrano como representante del personal. 
El Consejo de Gobierno tiene como secretario, con voz y sin voto, al secretario general del Banco de España (Francisco Javier Priego).

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