Sistema financiero español y europeo. El Banco Central Europeo.
Según Tamames y Gallego: “Sistema financiero es: conjunto de instituciones que actúan como
intermediarias, captando recursos de los ahorradores y encauzándolos hacia la
financiación. Se sitúan dentro de un marco institucional que viene dado por la
CNMV, como sucede con el mercado bursátil, las sociedades y agencias de valores
y las sociedades de fondos de inversión. Por su parte, la Dirección General de
Seguros, que supervisa las sociedades aseguradoras. En cuanto al Banco Central
de España, tiene bajo su inspección las sociedades mediadoras del mercado de
dinero, banca privada, cajas de ahorro, crédito cooperativo, entidades
financieras, sociedades de garantía recíproca, de crédito hipotecario, de factoring,
de leasing, etc. y la Banca Pública.”
Concepto, funciones y estructura
El sistema financiero
español está formado por el conjunto de instituciones, medios y
mercados, cuyo fin primordial es canalizar el ahorro que generan los prestamistas o
unidades de gasto con superávit, hacia los prestatarios o
unidades de gasto con déficit, así como facilitar y otorgar seguridad al
movimiento de dinero y al sistema de pagos (labor de intermediación). El
sistema financiero comprende, tanto los instrumentos o activos financieros,
como las instituciones o intermediarios y los mercados financieros: los
intermediarios compran y venden los activos en los mercados financieros.
(fuente: Wikipedia).
El Banco
Central Europeo (BCE) es el Banco central de
los países de la Unión Europea que tienen el euro como moneda.
Forma, junto con los bancos centrales de los demás estados de la
UE ajenos a la eurozona,
el Sistema Europeo de Bancos Centrales.
El BCE fue establecido por el Tratado de Ámsterdam en el año 1998, tiene su sede
en Fráncfort del Meno (Alemania)
y está presidido por Mario Draghi desde 2011 (previsto que continúe hasta 2019).
El objetivo del Banco
Central Europeo es la estabilidad de precios en la zona euro, definida por el
Consejo de Gobierno como una inflación (Índice de Precios al Consumo Armonizado)
cercana, pero inferior, al 2%. A diferencia de otros organismos como, por
ejemplo, la Reserva Federal de los Estados Unidos,
el BCE no tiene objetivos tales como el crecimiento económico o el pleno empleo.
Las principales tareas
del Banco Central Europeo son definir y ejecutar la política monetaria de la zona euro,
dirigir las operaciones de cambio de divisas, cuidar de las reservas internacionales del Sistema
Europeo de Bancos Centrales y promover el buen funcionamiento de la
infraestructura del mercado financiero. Además, tiene el derecho
exclusivo de autorizar la emisión de billetes de
euro. Los estados miembros pueden emitir monedas de
euro, pero la cantidad debe ser autorizada de antemano por el BCE.
El Banco Central
Europeo también debe cooperar en la Unión Europea y a nivel internacional con
organismos y entidades de terceras partes. Por último, contribuye a mantener un
sistema financiero estable y a la vigilancia del sector bancario. Esto se pudo
observar, por ejemplo, en la intervención del BCE durante la crisis crediticia de 2007,
en la que se prestó millones de euros a los bancos para estabilizar el sistema
financiero.
Aunque el Banco Central
Europeo se rige directamente por la legislación de la Unión Europea y, por
tanto, no por la legislación mercantil aplicable a las empresas privadas, su
puesta en marcha se asemejó a la de una sociedad anónima en el sentido de que
el BCE tiene acciones y capital
social. Su capital es de 10.760 millones de euros, que está
en manos de los bancos centrales de los Estados miembros que actúan como
accionistas, aunque inicialmente contaba con 5760 millones. La clave de la
asignación de capital inicial se determinó en 1998 sobre la
población de los estados y el PIB, pero esa clave es regulable y ha sido
modificada en cuatro ocasiones. Las acciones del BCE no son transferibles y no
pueden utilizarse como garantía.
La sede del Banco
Central Europeo se encuentra en Fráncfort del Meno, el centro financiero más
grande de la zona euro (aunque no de la Unión Europea), y su ubicación en esa
ciudad se fijó en el Tratado de Ámsterdam junto con la de otras importantes
instituciones. En concreto, el banco ocupa actualmente la conocida como Eurotower,
hasta que se terminen las obras para la construcción de una sede propia. (fuente:
Wikipedia)
Orígenes del Sistema Financiero Español (SFE)
El Banco de
España es el organismo del Estado
español que actúa de banco central nacional
y, en el marco del Mecanismo Único de Supervisión (MUS),
el supervisor del sistema bancario español junto al Banco Central Europeo.
Su actividad está
regulada por la Ley de Autonomía del Banco de España. El Banco de España es
además parte integrante del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC)
y por tanto está sometido a las disposiciones del Tratado de la Comunidad
Europea y a los Estatutos del SEBC.
Desde 1891, su sede principal está situada en
la Calle Alcalá, 48, junto a la plaza de
Cibeles. Asimismo, cuenta con una parada de metro que toma su nombre.
Hablemos de las últimas fechas clave en la historia del
Banco:
·
1980: Ley de Órganos Rectores del Banco de España.
Estas dos
leyes han otorgado al Banco una gran libertad y flexibilidad gubernamental,
sobre todo en lo referente a la política monetaria. En la actualidad el Banco
de España está integrado en el Sistema Europeo de Bancos Centrales (desde
1998).
Crisis internacional de 2008:
La crisis
internacional tuvo un impacto muy significativo en la economía española. La
práctica desaparición de algunos de los principales mercados de capitales
mayoristas desde 2007 a 2008, como el interbancario o el de titulizaciones,
dificultó la normal financiación de las entidades de crédito españolas, que en
aquellos momentos presentaban cuantiosas necesidades de financiación exterior.
El papel
del Banco de España en la detección y tratamiento de la crisis financiera, cuya
consecuencia principal ha sido una factura de dinero público superior a los
40.000 millones, ha sido objeto de controversia y acusaciones cruzadas entre
los diferentes partidos políticos desde que se formó el Gobierno de Mariano
Rajoy a finales de diciembre de 2011.
Existe
constancia ahora de que, en fechas cruciales de la crisis, concretamente en
2008, la Supervisión del Banco de España modificó las normas contables
exigibles a las instituciones financieras. Estos cambios normativos tuvieron
como consecuencia aliviar y diferir el apunte en los balances bancarios del
crecimiento excesivo de la morosidad causado por la crisis, sobre todo en lo
que se refiere a la refinanciación de los préstamos. Dicho de otro modo,
gracias a las instrucciones dadas por el Banco de España en el momento de mayor
crudeza de la crisis, las entidades de crédito habrían podido disimular el
efecto destructivo de la morosidad y diferir las correcciones necesarias.
La
estrategia adoptada por el Banco de España para hacer frente a la crisis
buscaba evitar la quiebra en cadena de un buen número de instituciones
financieras. Esa estrategia perseguía, utilizando recursos privados y públicos
y cambios legales e institucionales, evitar la contaminación de todo el sector
bancario español, haciendo posible su posterior reestructuración, eliminando el
riesgo de que se produjera una crisis de confianza, tanto en los mercados como
entre los depositantes.
Primaron
las soluciones privadas mediante el saneamiento del balance de las entidades
con sus propios recursos, a través de operaciones corporativas, acudiendo al
propio sector a través del FGD (fondo de garantía de depósitos) y, solo en última
instancia, mediante la inyección de fondos públicos, incluida la ayuda europea
asociada al programa de asistencia financiera firmado en 2012. No hay que
olvidar que entre 2008 y 2013 las entidades de crédito españolas realizaron
saneamientos por un total cercano a los 270.000 millones de euros, asumidos en
su mayor parte por los accionistas de esas entidades. Hay que subrayar que los
depósitos de clientes no sufrieron pérdida alguna.
El Consejo de Gobierno del Banco de España aprueba las directrices generales
de actuación del Banco, en particular:
-
Las relativas a la política monetaria, cuya aplicación supervisa.
-
Las circulares del Banco de España.
-
Las propuestas de sanción que el Banco debe elevar al ministro de Economía y Hacienda, e impone aquellas que
son de su competencia.
-
Los acuerdos precisos para el desempeño de las funciones encomendadas al
Banco de España que no sean competencias
exclusivas de la Comisión
Ejecutiva.
-
El Consejo de Gobierno ratifica los
nombramientos de los directores generales del Banco de España.
Composición
El Consejo de Gobierno del Banco de España está
formado por:
Seis consejeros: Carmen
Alonso, Rafael
Castejón, Fernando
Eguidazu, Núria Mas y Vicente
Salas. Estos consejeros tendrán un
mandato de seis años, renovables una sola vez.
El secretario general del Tesoro y Política Financiera.
Asisten, con voz y sin voto, los directores generales del
Banco (Juan
Ayuso, Julio
Durán, Concepción Jiménez, Manuel
Labrado y Jesús Saurina) y Mariano
Serrano como representante del
personal.
El Consejo de Gobierno tiene como secretario, con voz y sin
voto, al secretario general del Banco de España (Francisco
Javier Priego).

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