¡Hola de nuevo!
Podemos tener confusión con tantos términos diferentes y trámites distintos
para cada cosa. En esta entrada vamos a tratar de aclarar las diferencias entre empresas por tamaño o por la forma jurídica.
No hay que
confundir el concepto de PYME (que tiene relación con el tamaño), con el tipo
de empresa: sociedad limitada nueva empresa, sociedad de responsabilidad
limitada, sociedad anónima, empresario individual, etc. para lo que se cumplen
requisitos diferentes y variados.
¿ Qué es PYME, mediana, pequeña, microempresa,...?
La
Definición de PYME está recogida en un Reglamento de la Unión Europea.
El texto define los tipos de empresa
y fija un método transparente para calcular los límites financieros y el
número de empleados. Para pertenecer a una categoría se debe cumplir el límite
de número de empleados y no superar la cifra de volumen de negocio o la de
balance general.
Categoría de empresa
|
Efectivos
|
Volumen de negocio
|
Balance general
|
Mediana
|
<250
|
<= 50 millones EUR
|
<= 43 millones EUR
|
Pequeña
|
<50
|
<= 10 millones EUR
|
<= 10 millones EUR
|
Micro
|
<10
|
<= 2 millones EUR
|
<= 2 millones EUR
|
Datos que
hay que tomar en cuenta:
1. Los datos seleccionados para
el cálculo del personal y los importes
financieros serán los correspondientes al último ejercicio contable cerrado y se calcularán sobre una base anual. Se tendrán en cuenta a partir
de la fecha en la que se cierren las cuentas.
2. El total de volumen de negocios se calculará sin el impuesto sobre el valor añadido (IVA) ni tributos indirectos.
3. Cuando una empresa, en la fecha de cierre de las cuentas, constate que se han excedido en un sentido o en otro, y sobre una base anual, los
límites de efectivos o financieros, esta circunstancia solo le hará adquirir o perder la calidad de mediana o pequeña empresa, o de microempresa, si
este exceso se produce en dos ejercicios consecutivos.
4. En empresas de nueva
creación que no hayan cerrado aún sus cuentas, se utilizarán datos basados en estimaciones fiables realizadas durante el ejercicio financiero.
Como
veréis Una PYME puede ser bastante grande, pero también puede tener menos de 10
trabajadores, e incluso uno solo.
Los
Puntos de Atención al Emprendedor, también conocidos como PAE, ayudan sobre
todo a las PYMES y autónomos, ya que las grandes empresas cuentan con sus
propios equipos de abogados y empresarios que realizan las funciones
necesarias.
Un PAE
puede realizar la constitución telemática de las empresas a través del DUE
(Documento Único Electrónico), que sustituye a los formularios físicos que
serían necesarios para la constitución y puesta en marcha de una empresa.
Mediante un Punto de Atención se facilita todo el proceso; pudiéndose tener una empresa constituida en tan solo 3 días desde que se remiten los datos y se comienza el proceso telemático, hasta que se considera jurídicamente constituida y puede comenzar a operar.
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| PAE PARA AYUDARLE |
Personas físicas:
Empresario Individual y
Emprendedor de Responsabilidad Limitada
Son personas físicas que ejercen
una actividad económica en nombre propio asumiendo el control y el riesgo
derivado de su actividad. Comúnmente se las conoce como autónomos.
Colectividades sin personalidad jurídica
La Comunidad de Bienes y la
Sociedad Civil (puede tener personalidad jurídica si los acuerdos son
públicos).
Personas
jurídicas:
Sociedades Son asociaciones voluntarias de
personas físicas o jurídicas que desarrollan una actividad económica mediante
la aportación de un capital social y cuya responsabilidad, salvo excepciones,
está asumida por la sociedad. Adquieren la personalidad jurídica cuando se
inscriben en el Registro Mercantil.
1.
Sociedades Mercantiles:
o Sociedad Colectiva
o Sociedad Comanditaria Simple
o Sociedades de Capital:
§ Sociedad de Responsabilidad Limitada
§ Sociedad Limitada de Formación Sucesiva
§ Sociedad Limitada Nueva Empresa
§ Sociedad Anónima
§ Sociedad Comanditaria por acciones
2.
Sociedades Mercantiles Especiales (son
sociedades que están sujetas a obligaciones y derechos que no existen para el
resto de las sociedades):
o Sociedad
Laboral (Limitada y Anónima)
o Sociedad
Cooperativa o Sociedades Profesionales
o Sociedad
Agraria de Transformación
o Sociedad de
Garantía Recíproca
o Entidad de
Capital-Riesgo
o Agrupación de
Interés Económico.
Desde Mc Gestión podemos hacer los trámites necesarios para la constitución y puesta en marcha de su empresa o su alta en autónomos o como empresario individual, ya que también somos uno de estos puntos y ahora existe una nueva funcionalidad para el cese de sociedades.
¿Buscas un PAE? ¡Contacta con nosotros!
mc.gestioon@gmail.com
www.macgestioon.com
650413937
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